En la Sesión Ordinaria del miércoles 26 de agosto de 2026, el Consejo Superior de Programación y Gestión Estratégica (CSPyGE) de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) aprobó por unanimidad la Guía de Directrices Ético-Jurídicas para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial en la UNRN. Esta medida provee a la institución de un marco normativo propio e innovador para orientar la adopción y uso de sistemas de Inteligencia Artificial (IA) en todas sus actividades académicas y para toda la comunidad universitaria.
La normativa experimentó un proceso consultivo previo con la comunidad universitaria de la UNRN y con expertos y laboratorios externos, y se trabajó en el proyecto en Comisión del Consejo Superior. Asimismo, se presentaron sus lineamientos en el II Congreso de Innovación Universitaria organizado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) del 2 y 3 de septiembre en la Sede Andina, en San Carlos de Bariloche. Tal como surgió de los debates para su aprobación, el desarrollo de directrices para asegurar el uso responsable de la IA implicó discusiones interdisciplinarias, donde no solo los aspectos tecnológicos y propios de las ciencias exactas realizan sus aportes, sino también las ciencias sociales: la IA exige un abordaje epistémico pluralista.
La aprobación de esta guía responde a una problemática global y local de profundo impacto. El crecimiento exponencial de las herramientas de IA está transformando sustancialmente los procesos de enseñanza-aprendizaje, la producción científica y la administración pública. Ante este escenario, la UNRN reconoció la urgencia de estructurar una gobernanza clara que mitigue riesgos críticos asociados, tales como los sesgos algorítmicos en los datos, la falta de transparencia, las vulneraciones a la protección de datos personales e información sensible, el extractivismo del conocimiento producido por la comunidad académica, y la dependencia tecnológica no auditada. Con esta regulación, la Universidad busca prevenir la sustitución del criterio académico y prevenir toda forma de dependencia, asegurando que la IA potencie el pensamiento crítico, la creatividad y la autonomía intelectual de las personas.
Fundamentación y marco normativo de referencia
Para erigir este ecosistema normativo, la Guía se funda formalmente en directrices de carácter internacional, nacional e institucional. En el plano internacional, adopta la Recomendación sobre la Ética de la Inteligencia Artificial de la UNESCO (2021) y los Lineamientos de UNESCO Argentina para instituciones educativas (2023–2024), los cuales actúan como pautas interpretativas esenciales. A nivel nacional, la norma se articula en congruencia con la Constitución Nacional (artículos 14, 16, 19 y 42), la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales, la Ley N° 26.388 de Delitos Informáticos, la Ley N° 11.723 de Propiedad Intelectual, la Ley N° 24.521 de Educación Superior, y las Leyes de Acceso a la Información Pública y Convenios Colectivos Docente y NoDocente.
Asimismo, un pilar de este marco de control administrativo interno es la “Guía de Controles Inteligencia Artificial” elaborada por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) (N°IF-2026-53068261-APN-GPNYPT#SIGEN), que establece un enfoque preventivo basado en riesgos. Esta Guía se complementa con las Resoluciones obligatorias de la SIGEN N° 172/2014, N° 87/2022 y N° 197/2026 sobre normas de control interno tecnológico en el Sector Público Nacional.
Principios ético-jurídicos
La Guía define un conjunto de principios rectores que de ahora en más guiarán las prácticas universitarias:
-Igualdad en el acceso (Art. 26°): La UNRN promoverá programas de capacitación continua en IA para su uso ético, responsable y crítico para toda la comunidad universitaria con el fin de promover la democratización de acceso.
-Autoría responsable y honestidad académica (Art. 7°): Se prohíbe taxativamente que la IA figure como autora o coautora de trabajos. Toda producción asistida por IA deberá declarar explícitamente su uso, diferenciando las contribuciones humanas de las automatizadas. La responsabilidad intelectual recae de forma exclusiva en las personas firmantes.
-Supervisión humana significativa (Art. 13°): Todo uso de la IA en la UNRN debe contar con intervención humana con capacidad real de revisión, corrección y decisión final. La IA es una herramienta auxiliar y no sustituye de ningún modo la función docente, científica, evaluadora, decisoria ni la responsabilidad laboral.
-Protección de datos (Art. 15°): Queda terminantemente prohibido cargar datos personales sensibles (conforme la Ley N° 25.326) o información confidencial de carácter institucional en plataformas y servicios de IA externos, resguardando la privacidad de la comunidad.
-Soberanía tecnológica, equidad e inclusión (Arts. 11° y 12°): La UNRN priorizará estándares abiertos, portabilidad de datos y auditorías periódicas, garantizando a su vez que la IA sea un catalizador de inclusión para personas en situaciones de vulnerabilidad o con discapacidad.
Estructura de Gobernanza: El Comité de Políticas para el uso ético de IA
Para garantizar la operatividad y actualización constante de estas pautas, la UNRN resolvió crear el Comité de Políticas para el uso Ético de Inteligencia Artificial, bajo el ámbito de la Secretaría de Asuntos Institucionales. Este cuerpo, de naturaleza marcadamente interdisciplinaria, funcionará como un espacio tanto deliberativo como ejecutivo para formular políticas de innovación normativa, evaluar riesgos, acompañar en la elaboración de directrices específicas para distintas áreas de la UNRN y sentar las bases de un desarrollo tecnológico soberano. Su conformación democrática prevé la incorporación de especialistas académicos, representantes del claustro estudiantil y miembros de los gremios Docente y Nodocente, quienes serán designados mediante resolución rectoral.
Otro pilar de la gobernanza que se establece en la Guía es la capacitación obligatoria. La UNRN promoverá programas de capacitación continua en IA ética y responsable para toda la comunidad universitaria en línea con los principios de democratización de acceso. En este sentido, se dispone la elaboración de un Plan de Desarrollo de las Capacidades de Gestión y Administrativas para diseñar, construir y motorizar una modernización administrativa.
El marco aprobado no busca prohibir o restringir el uso de la IA, sino democratizar de manera justa su acceso, promover una alfabetización digital crítica y brindar herramientas de capacitación obligatoria que preparen a las y los docentes, investigadores, personal de gestión y estudiantes para construir valor público, preservando la dignidad de la comunidad universitaria y la excelencia académica de la universidad pública.
Nota sobre la imagen: elaboración propia de la comunidad universitaria con uso crítico y bajo supervisión humana de IA, tal como dispone la normativa.
Temas. IA Inteligencia Artificial
Descargas: