Autoridades, docentes y estudiantes de la Licenciatura en Criminología y Ciencias Forenses de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) expresamos nuestra profunda preocupación frente al proyecto de régimen penal “juvenil” impulsado por el Gobierno Nacional, por considerarlo inconstitucional, sin un debate amplio y sin respaldo en evidencia.
El proyecto presenta serias tensiones con el marco constitucional y convencional vigente, en particular con el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos, que impide retroceder en los niveles de protección alcanzados. La reducción de la edad de punibilidad implica un retroceso incompatible con la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), cuyo Comité ha valorado positivamente la edad mínima vigente en la Argentina e instado a los Estados a no disminuirla, conforme la Observación General N.º 24.
Asimismo, el proyecto se fundamenta en premisas empíricamente débiles respecto del impacto del delito adolescente en la seguridad ciudadana. Los datos disponibles muestran que la participación de menores de 18 años en hechos delictivos representa un porcentaje reducido del total, por lo que la propuesta aparece como desproporcionada e ineficaz para abordar la problemática.
La evidencia internacional indica además que el encarcelamiento temprano incrementa las tasas de reincidencia, lo que cuestiona la eficacia de respuestas centradas en el endurecimiento punitivo: un estudio realizado en Estados Unidos por la Universidad de Harvard en más de 30 Estados encontró que entre el 70 al 80% de los jóvenes privados de libertad vuelven a reincidir en el delito dentro de los próximos 2 o 3 años.
Advertimos también que el proceso de elaboración del proyecto careció de instancias adecuadas de consulta con las provincias, la academia y los organismos especializados nacionales e internacionales en justicia penal juvenil. Diversas jurisdicciones provinciales han desarrollado sistemas acordes a la CDN que deberían ser consideradas. Cabe recordar que los artículos 3 y 12 de la Convención establecen la obligación de priorizar el interés superior del niño y garantizar su participación en las decisiones que los afectan.
Nuestro país necesita, se merece y se encuentra en condiciones técnicas de presentar un proyecto serio, proporcionado, consensuado, convencional y responsable.